EX PRESIDENTE RAFAEL CORREA PIDIÓ ASILO EN BÉLGICA EN EL 2018.

El expresidente del Ecuador, Rafael Correa, reclamado por la Justicia ecuatoriana, presentó en junio del 2018 una solicitud de asilo en Bélgica, país donde reside junto a su familia desde el 2017, indicaron dos fuentes próximas al caso.

Caupolicán Ochoa, abogado del expresidente, ratificó la mañana de este jueves, 8 de noviembre del 2018, que aún no le han otorgado el asilo en Bélgica. «Entiendo que está en trámite», dijo en una entrevista para Diario El COMERCIO.

La Justicia ecuatoriana decidió ayer, miércoles 7 de noviembre, llamarlo a juicio por su presunta vinculación en el intento de secuestro del exasambleísta Fernando Balda en Colombia en 2012, que la policía colombiana frustró. Correa niega cualquier implicación en los hechos. Sus consejeros jurídicos en Bélgica denunciaron en septiembre ante el Relator Especial de la ONU sobre la independencia de jueces, fiscales y abogados, el peruano Diego García-Sayán, una “persecución judicial” contra Correa “por cuestiones políticas”.

Rafael Correa presentó una solicitud de asilo en Bélgica en junio, días antes de que la justicia de su país emitiera una orden de arresto nacional e internacional contra él. Según la fuente la solicitud se presentó el 25 de junio y la Comisaría General para los Refugiados y Apátridas (CGRA) la examina desde el mes de agosto. Otra fuente confirmó que Correa ya fue escuchado una primera vez para defender su solicitud a finales del verano. Contactada por la AFP , la CGRA rechazó confirmar la información y explicó que el tratamiento de una solicitud toma en general “tres meses de media”, aunque hay algunos que “pueden tomar mucho más tiempo”. Rafael Correa en una entrevista este jueves dijo que todavía no había tomado una decisión acerca de un pedido de asilo en Bélgica y se dijo víctima de “un acoso judicial terrible” en el Ecuador.

En Bélgica, país de donde es oriunda su esposa y donde realizó parte de sus estudios universitarios, existen dos tipos de protección internacional: el estatuto de refugiado y el de “protección subsidiaria”. Este segundo estatuto es para aquellas personas que están en una “situación en la que el regreso a su país de origen representaría un riesgo real de daños graves”, subraya en su página web la Agencia Federal para la Acogida de los Solicitantes de Asilo (Fedasil).


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