EL PLAN INCLUYE RECUPERAR DINERO DE LA CORRUPCIÓN CON LA LEY DE EXTINCIÓN DE DOMINIO.

La recuperación de bienes y activos, producto de corrupción, no se evidenciaría por “falta de voluntad política y la celeridad” de la justicia.

El Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece medidas cautelares como la incautación y el comiso cuando se ha dictado condena para recuperar el perjuicio causado.

Se permite la venta dentro de procesos relacionados con delitos de producción o tráfico de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, lavado de activos, terrorismo y su financiación, antes de un avalúo pericial. Si se ratifica la inocencia del acusado se le devolverán los bienes.

A esto se suma que en septiembre, la Asamblea aprobó la figura del “comiso sin condena”, que permite que el juzgador pueda ordenar la medida, aunque no se dicte sentencia condenatoria. Según el asambleísta Henry Cucalón (PSC), esto permitirá acceder a los bienes “antes de la sentencia, cuando se inicia la etapa de juicio porque hay elementos probatorios”.

Pero el régimen de Lenín Moreno busca una figura que vaya más allá de estos procedimientos, a través del proyecto de ley de Extinción de Dominio. El texto no se ha hecho público, pero Juan Sebastián Roldán, secretario particular del mandatario, explicó que se busca que cuando haya una “sospecha de corrupción, nosotros podamos coger los bienes de esa persona y venderlos; y si es declarada inocente, se le devuelve la plata”.

Descarta que no exista voluntad política para actuar, y dice que hay 23 detenidos exfuncionarios del mandato de Rafael Correa, y alrededor de $ 20 millones recuperados.

El penalista Ramiro Aguilar explica que el COIP establece la medida cautelar de incautación y la sanción, el comiso, cuando se demuestra la culpabilidad. Pero el “requisito fáctico, de hecho, es que se encuentren los bienes, las cuentas, los yates… Si no los encuentra, hay una medida abstracta, es una prohibición sobre nada”.

Para él, esto no es un tema de falta de norma, sino de “voluntad política” y “eficiencia en la Fiscalía, de tener cooperación internacional, de hacer investigaciones, porque aquí lo meten preso y luego empiezan a buscar los bienes”. Advierte que la propuesta gubernamental desconoce el derecho a la presunción de inocencia.

Germán Rodas, coordinador de la Comisión Nacional Anticorrupción, dice que debe existir “cruce de información, eso es decisión política”.

Gustavo Medina, expresidente de la Corte Suprema de Justicia y exprocurador, opina que la forma efectiva es “tener una Función Judicial bien instalada en cuanto a temas administrativos para que los procesos no se duerman”.

Pero alerta que la extinción de dominio motivará un debate sobre la presunción de inocencia y la garantía de la propiedad, “sobre todo de la forma que gramaticalmente se pueda concebir la ley para evitar otro vicio, el de la persecución”.

Henry Cucalón (PSC) dice que el Legislativo no aprobó la venta de bienes durante la etapa de incautación, pero se mantiene la medida cautelar. “Escogimos el comiso anticipado –puede ser que nos hemos equivocado– pero es menos arbitrario vender los bienes en el comiso que en la incautación, porque esta se da en etapa de instrucción fiscal, cuando ni siquiera hay la vinculación de la prueba. Entiendo que la sociedad esté preocupada por la corrupción, pero mañana cualquiera le pone una denuncia, le incautan y venden sus bienes de entrada. Hay que ser responsables, si no el mismo Estado se va a ver sujeto a demandas de repetición».

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *