CONSEJO PARTICIPACIÓN CIUDADANO NO TENDRÁ FUNCIONES EXTRAORDINARIAS.

¿Qué es el quinto poder? ¿Cuál es el papel que cumple el Consejo de Participación Ciudadana (Cpccs)? ¿Cuántos consejeros elegirán los ecuatorianos el 24 de marzo?

Estas interrogantes circulan entre la ciudadanía, cuando restan 40 días para las elecciones. El debate por las funciones de esta institución se avivó, luego de que tres candidatos al Cpccs propusieran revisar las decisiones y designaciones efectuadas por el Consejo transitorio, encabezado por Julio César Trujillo.

El pasado lunes 11 de febrero de 2019, Trujillo sostuvo que el Cpccs que se conformará en los comicios “no podrá hacerlo todo”. El funcionario señaló que tras la consulta popular de febrero del 2018, el Cpccs transitorio recibió facultades “extraordinarias y ordinarias”.

Trujillo se refiere al Mandato Popular que permitió dar por terminado el período de los anteriores siete consejeros de participación. También posibilitó evaluar el desempeño de las autoridades nombradas por esa entidad. Desde entonces, el Cpccs transitorio destituyó a 29 autoridades y puso en evidencia los conflictos de interés en la designación de funcionarios durante la década pasada.

Hasta el momento, los consejeros transitorios han nombrado 22 autoridades principales y llevan adelante otros nueve procesos de designación. Según Trujillo, las facultades extraordinarias terminarán cuando se instalen los nuevos siete consejeros del Cpccs. En los comicios del 24 de marzo, los ciudadanos elegirán a los integrantes de este organismo de control a través de votación directa. En sus once años de vida institucional, el Cpccs tendrá su quinta conformación: dos por concurso, dos transitorios y uno a través de sufragio.

El Consejo de Participación tuvo su génesis en la Constitución de Montecristi (2008). La entidad forma parte de la Función de Transparencia y Control social, al igual que la Contraloría, la Defensoría del Pueblo y las Superintendencias. La Carta Magna le otorgó 12 atribuciones, entre ellas promover la participación ciudadana, establecer mecanismos de rendición de cuentas para lo público, investigar casos de corrupción y designar autoridades de 14 instituciones.

Entre el 2009 y el 2018, el Cpccs recibía en promedio 39 denuncias mensuales. A partir de la instalación del Consejo transitorio, se receptan 441 denuncias por mes. Además, en este período se conformaron 66 veedurías. El Cpccs nació con la premisa de agrupar a funcionarios que no formen parte de partidos ni movimientos políticos. En principio, sus miembros fueron designados a través de un concurso de méritos y oposición, efectuado por el Consejo Nacional Electoral (CNE). Después de la Consulta Popular del 2018, la Asamblea reformó la Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana.

En esa normativa se estableció que los siete consejeros serán elegidos en las urnas. La Ley determinó que se deberán escoger tres consejeros, tres consejeras y un representante de pueblos y nacionalidades indígenas, montuvios y afroecuatorianos. Desde la semana pasada, el CNE empezó a pautar en 701 medios de comunicación los videos promocionales de los 43 candidatos al nuevo Cpccs.

El constitucionalista Ismael Quintana sostiene que si se desea revisar los nombramientos, se debería convocar a una consulta popular para que el Cpccs reciba esas atribuciones, que legalmente no tiene. Advierte que en casos puntuales de designación, como el titular de la Procuraduría o el Consejo de la Judicatura, hay argumentos jurídicos que se podrían apelar para anular los nombramientos. “Se debieron solicitar nuevas ternas al Ejecutivo; eso no ocurrió”, dijo.

Jorge Benavides, experto en Derecho Constitucional, considera que el nuevo Cpccs ya no tendrá facultades extraordinarias para evaluar a su predecesor. Sostiene que ese organismo actuará como un poder constituido, cuya función es hacer lo que consta en la Ley.


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