BOGOTÁ RESTRINGE EL TRÁNSITO DE MOTOS CON ACOMPAÑANTE HOMBRE PARA ENFRENTAR A LA INSEGURIDAD.

Desde el jueves 21 de abril de 2022 en Bogotá, capital de Colombia, comenzarán a regir las medidas ordenadas por la Alcaldía de Bogotá, a través del decreto 119, para enfrentar la inseguridad y el terrorismo en la ciudad.  

El decreto establece restringir en la ciudad de Bogotá el tránsito de motocicletas con acompañante hombre desde las siete de la noche hasta las cuatro de la mañana (04:00) del día siguiente, los días jueves, viernes y sábado.

Como bien lo había anunciado la alcaldesa Claudia López en el diálogo con los diferentes líderes motociclistas, quedaron establecidas las siguientes excepciones:

  • Acompañantes mujeres
  • Fuerza Pública, Organismos de Seguridad del Estado, Policía Judicial, Autoridades de Tránsito, Organismos de Emergencia y Socorro, Prevención y Salud.
  • Personal de seguridad privada. Hay que llevar el carné, el uniforme y la autorización de la Superintendencia de Vigilancia.
  • Personas con discapacidad.
  • Servicios de ‘conductor elegido’, aseguradoras o asistencia técnica automotriz. Hay que llevar identificación que los acredite.
  • El decreto deja claro que el conductor “motociclista” que infrinja lo preceptuado podrá incurrir en las sanciones pecuniarias y de inmovilización del vehículo.

Identificación de motociclistas

A partir del 16 de abril de 2022, como parte de la expedición del decreto 119, en la que se toman medidas transitorias y preventivas de seguridad y convivencia en la capital, los motociclistas y sus acompañantes deberán llevar impresas las placas de su vehículo en la parte posterior externa de sus cascos de seguridad, para facilitar su identificación.

Según lo indica la normativa, que fue expedida el pasado 7 de abril, las personas que se movilicen en moto deberán marcar sus cascos, “sobre fondo oscuro y letra blanca, sin ningún elemento o diseño que impida u obstruya su visibilidad, el número de la placa asignada al vehículo, en letras y números reflectivos, tipo Arial, cuyo tamaño será de 3,5 centímetros de alto y un ancho de trazo de 1 centímetro.”

Por su parte, los conductores de moto y sus acompañantes tendrán la opción de llevar la identificación de la placa del vehículo en su indumentaria, en un lugar visible, con un tamaño “mínimo de nueve centímetros de alto por cuatro centímetros de ancho por cada letra o número.

Según informa la revista Semana, el decreto de la Alcaldía de Bogotá restringe a partir de las 22:00 hasta las 04:00 del día siguiente la permanencia y concentración de personas en parques, corredores ambientales y plazas urbanas de la ciudad de Bogotá D.C., así como, en estos lugares el consumo de bebidas alcohólicas y/o embriagantes.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *