Reglamento de Consejo de Participación Ciudadana no observa Constitución

Quito –

El reglamento aprobado ayer por el Consejo de Participación Ciudadana (CPC) transitorio, para el proceso de selección y designación de las autoridades de control, no observa los procesos y etapas previstas en la Constitución de la República.

El texto aprobado por seis de los siete consejeros no se leyó en la sesión del pleno, únicamente el secretario determinó que se trata de un documento que norma los procesos para elegir autoridades a través de concursos y ternas que deberá remitir el mandatario.

El reglamento no contempla las comisiones ciudadanas de selección, encargadas del concurso público y de oposición y méritos; en las cuales las Funciones del Estado tienen su delegado, como lo señala la Constitución en su artículo 209.

En su lugar habrá una Comisión Técnica de Selección integrada por cinco personas: dos delegados del pleno del Consejo; dos comisionados de selección ciudadana y un veedor.

Otro tema que contempla la Constitución es el concurso de oposición, entendiéndose este como las pruebas de conocimientos de los aspirantes.

El único consejero que se abstuvo fue Xavier Zavala Egas, quien dijo no estar de acuerdo con que dentro del concurso no se realice la oposición porque ahí se marca el nivel académico de los postulantes. Ya no habrá pruebas o exámenes, solo méritos con impugnación.

Entonces, añadió Zavala, “a guisa de ahorrar costos o tiempos, se sacrificaron principios y posturas por las cuales no estoy de acuerdo”.

La comisión técnica, añadió Dávila, se encargará de evaluar los requisitos y sobre ellos habrá una valoración final por parte del Consejo. Hay que valorar que se está en un proceso extraordinario.

El Consejo transitorio ayer aprobó dos resoluciones adicionales: Iniciar el proceso de evaluación a los jueces y juezas de la Corte Constitucional; y fijar el 14 de mayo como plazo para que la Coordinación Técnica del Consejo emita el informe de investigación al Consejo de la Judicatura.

Respecto a la evaluación de la CC, se otorga siete días término para que el presidente del organismo, Alfredo Ruiz, y cada juez constitucional remitan un informe de gestión; y previene a los jueces que “cualquier obstaculización del proceso con decisiones que vayan en contra o limiten facultades ordinarias, se entenderá como desacato al mandato, y habilitará al Consejo a dar por terminado anticipadamente el periodo constitucional de los jueces”.

Xavier Zavala votó en contra porque, a su juicio, el Consejo no es competente para evaluar a la Corte Constitucional.

Fuente: eluniverso.com

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