ASAMBLEA NACIONAL TRAMITÓ EN PRIMER DEBATE EL PROYECTO DE LEY ORGÁNICA PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA SEGURIDAD CIUDADANA.

La Asamblea Nacional tramitó en primer debate el proyecto de Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Seguridad Ciudadana que plantea la identificación de las personas en delitos flagrantes como homicidio, secuestro, delitos sexuales y delitos de violencia contra la mujer.

El proyecto fue presentado en febrero de 2018 por el exalcalde de Guayaquil, Jaime Nebot, con el respaldo de 82 firmas de asambleístas.

En el documento puntualmente, propone aplicar una reforma al artículo 529 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en el cual se disponga que las personas detenidas en flagrancia por delitos contra la inviolabilidad de la vida, secuestro en sus diferentes tipos, delitos contra la integridad sexual y reproductiva, delitos de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar y los diversos tipos de robo, deban ser identificadas físicamente ante la comunidad y en los medios de comunicación.

En el informe elaborado por la Comisión de Justicia se aclara que la reforma no pretende incriminar a una persona o calificarla de culpable por lo que el principio de presunción de inocencia quedaría intacto jurídicamente, proporcionando a la ciudadanía información veraz y certera sobre el accionar del sistema judicial en delitos de especial preocupación para la población.

Se propone ademas que vencido el plazo de caducidad de la prisión preventiva los jueces puedan ordenar la privación de la libertad siempre y cuando por las actuaciones procesales no se hayan desvanecido los indicios o elementos de convicción que la motivaron.

Durante el primer debate los asambleistas coincidieron en señalar que la fuerza pública está perdiendo la batalla frente a la delincuencia, y que se necesita mano dura. Que es público conocimiento que las propias estadísticas de la Policía Nacional alarman a los ciudadanos, que los índices al robo a personas, a domicilios, a vehículos, a muertes intencionales y violentas, que al momento a superado las estadísticas del 2018.

Con 89 votos los asambleístas aprobaron una resolución planteada por Henry Cucalón (PSC), para que el contenido de esta propuesta se incorpore al proyecto de reformas al COIP, cuyo informe para segundo debate está listo y que entrará al pleno antes de la vacancia legislativa.

En este proyecto que concluyó su primer debate, se propone la limitación en ciertos delitos como robo, asesinato, secuestro, violación y delitos en contra de la mujer, quienes sean procesados y reciban una sentencias no puedan acogerse a ninguna medida cautelar que establece el COIP, a fin de recuperar su libertad antes del cumplimiento de la sentencia.

El legislador Vicente Taiano (PSC),  planteó brindar mínimas garantías a los policías; por ello, presentó un texto para que en caso que un miembro activo de la Policía Nacional no se pueda disponer la medida de prisión preventiva, es decir, que sea una excepción durante el decurso del proceso, y que esa imputación sea investigada, procesado y sentenciado, donde se ratifique el estado de inocencia o interponga una sanción.

La legisladora Marcela Aguiñaga (RC), resaltó la aprobación de la resolución, aunque dijo que algunas reformas generan preocupaciones en torno a definiciones técnicas como por ejemplo como la reincidencia sin tener sentencia ejecutoriada condenatoria o volver regla general a la prisión preventiva.

Lo polémico, indicó, está en la propuesta de que se pueda identificar físicamente a través de la imagen y en los medios de comunicación a aquella persona que haya sido detenida en delito flagrante, pero no en cualquier delito, sino aquellos que Sean absolutamente reprochables y atentan contra bienes jurídicos muy importantes como la vida, la integridad sexual.

Esta propuesta, añadió, podría ser en un momento determinado muy cuestionable en el ámbito constitucional, porque a pesar de que se en delito flagrante y mientras no haya una sentencia condenatoria el principio de sentencia condenatoria se mantiene.

Dijo que su bloque considera que el tema debe profundizarse para determinar en qué casos se puede identificar el rostro y el nombre del delincuente, y qué pasa si esa persona luego es declarada inocente, cómo será reparada por parte del Estado.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *